¿Qué aportes debo pagar mensualmente por mi trabajadora del hogar y cómo se calculan?
Los dos aportes principales son: EsSalud (seguro de salud) y pensión (sea ONP o AFP). El aporte a EsSalud equivale al 9% de la remuneración mensual de la trabajadora.
Este 9% es un pago de cargo tuyo como empleador (no se descuenta del sueldo de ella). Por ejemplo, si la remuneración de tu trabajadora es S/1000 al mes, cada mes deberás aportar S/90 a EsSalud. Importante: la norma indica que si la remuneración es igual o menor a la Remuneración Mínima Vital (RMV), el cálculo del 9% se hace sobre la RMV vigente.
Esto significa que aun si le pagas menos del mínimo por ser jornada parcial, es probable que igual aportes 9% de la RMV. Pero ojo, recordemos que si la jornada es menor a 4 horas diarias, no hay obligación de EsSalud (lo explicamos antes). En la práctica, el sistema de declaración te dirá si corresponde o no pagar Essalud en esos casos. En cuanto a la pensión, si la trabajadora está afiliada a la ONP (Sistema Nacional de Pensiones), el aporte es el 13% de su remuneración.
Este monto sí se retiene del salario de la trabajadora para luego ser pagado al sistema, actuando tú solo como agente de retención. Si en cambio la trabajadora optó por una AFP (Sistema Privado de Pensiones), el descuento que verás es aproximadamente 10% de su remuneración para el fondo, más una comisión (variable según la AFP, ~1.5%) y un seguro de invalidez/sobrevivencia (~1.7%). En total suele rondar el 13% también, pero depende de la AFP. Igual, ese porcentaje se descuenta del sueldo de ella.
Tú aportas 9% a EsSalud de tu bolsillo y le descuentas ~13% de su sueldo para la pensión, que luego entregarás al ONP/AFP. Estos son los aportes obligatorios. No hay contribuciones a otras cosas como SCTR (riesgo trabajo) ni SENATI ni nada adicional en este régimen especial, solo salud y pensión. Tampoco se le descuenta ningún impuesto a la renta por sueldos bajos (usualmente no superan el límite para quinta categoría). Así que en la práctica, si su sueldo es S/1000, tú pagas S/90 a EsSalud y le retienes S/130 para ONP (entregando esos S/130 al ONP). Ella recibiría S/870 neto en mano. Todos estos cálculos los hace automáticamente el sistema de declaración cuando pongas el sueldo, así que no necesitas hacer mucha matemática manualmente, pero es bueno entender de dónde salen.
¿Cómo y dónde declaro y pago estos aportes cada mes?
La declaración y el pago de los aportes de trabajadoras del hogar se puede realizar de dos formas: por Internet mediante SUNAT Virtual o de manera presencial en bancos. La forma más cómoda es hacerlo por Internet y debe realizarse mensualmente.
Los pasos en línea son los siguientes: ingresar a la página de SUNAT (www.sunat.gob.pe) con tu Clave SOL, ir a la sección “Mis Declaraciones y Pagos” y buscar el Formulario Virtual N° 1676 – Trabajadores del Hogar, que es el formulario específico para declarar los aportes de este régimen. Al abrirlo, seleccionas el período que vas a declarar (por ejemplo, enero de 2026), ingresas el sueldo pagado ese mes a la trabajadora y la cantidad de días trabajados, en caso no haya laborado todo el mes.
El sistema calculará automáticamente el 9% de EsSalud y el 13% de ONP, o te pedirá indicar a qué AFP aporta la trabajadora para ingresar el monto correspondiente. En muchos casos, si no hay información de AFP, el sistema asigna ONP por defecto. Debes verificar que los montos sean correctos. Luego generas la NPS (Número de Pago SUNAT) y pagas con tarjeta o banca por internet, o generas el PDF de la declaración para pagar en un agente bancario.
Si optas por el pago presencial, debes acudir a un banco o agente autorizado (Banco de la Nación, Scotiabank, Interbank, entre otros) y llenar el Formulario 1676 preimpreso o la Guía de Pago de Trabajadores del Hogar. En ventanilla indicas tu RUC, el período declarado, el código del tributo de EsSalud de trabajador del hogar y el monto correspondiente, y lo mismo para ONP o AFP, o simplemente entregas la guía impresa. El banco procesará el pago y te entregará un comprobante sellado, el cual debes conservar.
Existen aplicativos como Pago Fácil de SUNAT que simplifican este proceso, pero lo esencial es utilizar siempre el código 1676, que identifica los aportes de trabajadoras del hogar. Una vez realizado el pago, SUNAT se encarga de distribuir los montos: el aporte de EsSalud se transfiere a EsSalud y el de pensiones a la ONP o AFP correspondiente. No es necesario realizar trámites adicionales con EsSalud ni con la AFP, ya que todo se canaliza a través de SUNAT.
Finalmente, es importante no olvidar declarar todos los meses. Incluso si en un mes la trabajadora no laboró (por ejemplo, por vacaciones sin goce), igual debes presentar la declaración en cero. El Formulario 1676 permite registrar 0 días trabajados o 0 remuneración para evitar la generación de deuda.
¿En qué fecha debo pagar los aportes?
El pago de los aportes se realiza al mes siguiente de devengado el sueldo, siguiendo el cronograma mensual de SUNAT. SUNAT asigna las fechas límite de pago según el último dígito de tu RUC. Por ejemplo, si tu RUC termina en 0, el vencimiento puede ser alrededor del día 12 de cada mes; si termina en 8 o 9, puede ser hacia el día 20 o 23. Estas fechas varían cada año.
En general, el cronograma para personas naturales fija los vencimientos entre los días 12 y 23 de cada mes. Así, los aportes correspondientes a enero se pagan en febrero, los de febrero en marzo, y así sucesivamente. Por ello, es importante revisar el Calendario de Obligaciones vigente que SUNAT publica cada año en su portal, donde se muestran las fechas según el último dígito del RUC.
Otra forma práctica es declarar mediante el Formulario 1676 por Internet. Si lo haces antes del vencimiento, puedes pagar de inmediato. Si lo haces después, el sistema igual te permitirá pagar, pero se generarán intereses moratorios por el retraso. Lo recomendable es programarte para declarar y pagar cada mes antes del vencimiento, por ejemplo, fijando una fecha constante como el día 10 de cada mes.
Si tienes solo una trabajadora del hogar, los montos no suelen ser elevados y SUNAT permite realizar pagos adelantados. Es importante ser puntual, ya que dejar de pagar genera deuda con SUNAT y EsSalud, lo que puede afectar a la trabajadora. Por ejemplo, si no se pagan los aportes a EsSalud, después de tres meses se puede perder la cobertura hasta que se regularice la situación.
Si se te pasa la fecha, paga lo antes posible. SUNAT aplicará intereses por los días de retraso, pero es preferible pagar tarde que no pagar. Cada mes tienes hasta aproximadamente la quincena del mes siguiente para cumplir con el pago, según el último dígito de tu RUC, por lo que es clave seguir el cronograma y no omitir estas obligaciones.
¿Cómo sé si mi pago fue registrado correctamente?
Si pagas por internet, al finalizar el proceso el sistema emite una constancia de presentación y pago con un número de orden. Guarda ese PDF o imprímelo como respaldo. Si el pago se realiza en un banco, el voucher sellado cumple la misma función.
Puedes corroborar el registro ingresando, días después, a SUNAT Operaciones en Línea, en la sección Consultas – Mis Declaraciones Presentadas, y verificar que figure la declaración del Formulario 1676 correspondiente al mes pagado. También puedes usar la opción Consulta de aportes Trabajador del Hogar que ofrece SUNAT, donde, ingresando el DNI de la trabajadora, se muestran los aportes realizados.
Incluso la propia trabajadora, con su DNI, puede consultar en línea si sus aportes están pagados, lo que aporta transparencia y confianza en la relación laboral. Si detectas algún error (por ejemplo, un monto de sueldo mal declarado), existe la opción de presentar una declaración rectificatoria para corregir la información. Esto se hace presentando nuevamente el Formulario 1676 y marcando la opción de rectificación.
Lo importante es que siempre haya consistencia entre lo que le pagas a la trabajadora y lo que declaras. Por eso, si le das un aumento o cambia su horario (y remuneración), no olvides reflejarlo en la declaración del mes correspondiente.