¿Qué descuentos se le aplican al sueldo de la trabajadora del hogar?
Los únicos descuentos legales obligatorios que van contra el sueldo de la trabajadora del hogar son los relacionados al sistema de pensiones. Es decir, si está afiliada a la ONP, se le descuenta el 13% de su remuneración cada mes; si está afiliada a una AFP, se le descuenta aproximadamente entre 10% y 13% de su remuneración, según la comisión de la AFP.
No hay otros descuentos como impuestos, ya que normalmente sus ingresos no superan la base imponible del Impuesto a la Renta de quinta categoría. Tampoco se descuenta EsSalud, ni CTS, ni gratificaciones de su sueldo. El aporte a EsSalud lo asume íntegramente el empleador (9% adicional), y la CTS y las gratificaciones son beneficios que se pagan aparte del sueldo.
En los meses de gratificación, la trabajadora recibe un sueldo completo adicional sin descuentos pensionarios. Las gratificaciones legales están exoneradas de aportes a pensión y de EsSalud; en este último caso, el 9% se entrega directamente a la trabajadora como bonificación extraordinaria.
Del sueldo mensual de la trabajadora solo se descuenta ONP o AFP. Si existiera algún descuento adicional, como adelantos de sueldo o préstamos, estos deben ser acuerdos voluntarios entre las partes, ya que legalmente no hay otros descuentos obligatorios.
Adicionalmente, debes entregarle una boleta de pago cada vez que se pague el sueldo, donde figure el detalle de lo cobrado y los descuentos efectuados. La boleta permite que la trabajadora conozca y entienda sus descuentos. Mientras se implementa el sistema de boletas electrónicas del MTPE, puede usarse un formato simple donde se consigne el sueldo bruto, el descuento por ONP o AFP, y el sueldo neto entregado. Ambas partes firman la boleta como constancia.
El único descuento obligatorio por ley es el de pensión; no se descuenta nada más.
¿Puedo deducir de mis impuestos los pagos que realizo por mi trabajadora del hogar?
Sí. Este es un beneficio que muchos empleadores desconocen: las aportaciones a EsSalud que pagas mensualmente por tu trabajadora del hogar son consideradas gastos deducibles en tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta de trabajo.
Actualmente, las personas naturales pueden deducir hasta 3 UIT adicionales en gastos, y dentro de ese límite se incluyen al 100% las aportaciones a EsSalud de trabajadores del hogar. En términos prácticos, si durante el año pagaste, por ejemplo, S/1,200 a EsSalud, ese monto podrás restarlo de tu renta neta imponible al presentar tu declaración anual, reduciendo la base sobre la que se calcula el impuesto.
El tope de 3 UIT equivale, por ejemplo, a S/14,850 si la UIT del año es S/4,950. Hasta ese monto de aportes se pueden deducir, lo cual es suficiente, ya que el 9% del sueldo de una trabajadora del hogar difícilmente alcanzará ese límite anual.
Para aprovechar esta deducción, debes cumplir algunos requisitos:
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El contrato debe estar registrado.
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Los pagos de EsSalud deben realizarse mediante el Formulario 1676.
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Debes conservar las constancias de pago mensuales por si SUNAT las solicita.
En la Declaración Anual, que se presenta en marzo del año siguiente, el sistema de SUNAT suele tener precargada la información de los aportes realizados a EsSalud por la trabajadora del hogar. Solo debes confirmar ese monto en la sección de Gastos Deducibles, EsSalud de Trabajadores del Hogar.
Un detalle importante: solo se deduce el aporte a EsSalud. No son deducibles el sueldo que le pagas a la trabajadora ni los aportes a ONP o AFP. Esta deducción existe como incentivo para la formalización del trabajo del hogar.
No olvides aprovechar esta deducción en tu declaración anual, ya que representa un beneficio fiscal por cumplir correctamente con la formalización de tu trabajadora del hogar.
¿Cómo se refleja la deducción de EsSalud en la práctica?
Cuando presentes tu Declaración Jurada Anual de Renta (generalmente mediante el Formulario Virtual 709), encontrarás una sección llamada “Gastos Deducibles, 3 UIT adicionales”. En esta sección se incluyen varias categorías, como honorarios médicos y alquiler de vivienda, y una categoría específica denominada “Aportaciones a EsSalud por trabajadores del hogar”.
En muchos casos, verás una cifra ya prellenada, ya que SUNAT suma automáticamente todos los pagos realizados mediante los Formularios 1676 durante el año. Debes verificar que el monto coincida con tus comprobantes de pago, por ejemplo, los 12 aportes mensuales a EsSalud. Si el monto no aparece automáticamente, puedes ingresarlo de forma manual.
La norma permite deducir el 100% de estos aportes hasta el límite de 3 UIT, lo que reduce tus ingresos imponibles y se traduce en un menor impuesto a pagar o en un mayor saldo a favor. SUNAT puede solicitar sustento de estos gastos deducibles; para ello sirven las constancias de pago de EsSalud, ya sea mediante reportes de SUNAT o los comprobantes mensuales.
Es importante tener en cuenta que el pago debe haberse realizado dentro del año correspondiente. Si algún aporte se paga en enero, ya no se considera para el año anterior, sino para el siguiente. En suma, el proceso es bastante automático: formalizas, pagas EsSalud y, al año siguiente, obtienes la deducción. Esto funciona como un incentivo para la formalización del trabajo del hogar y una compensación parcial al empleador.